ALQUILER

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

07/11/2021

200 millones de euros anuales para el bono joven para la vivienda

El gobierno de PSOE y Podemos va a sacar el llamado bono joven para la vivienda, que entra dentro de lo previsto en el nuevo Real Decreto-ley 19/2021, de la regularización del precio del alquiler y rehabilitación de la vivienda, y que supondrá un coste de 200 millones de euros al año a las arcas del Estado.Raquel Sánchez, ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha declarado que este bono supondrá un beneficio a casi 50.000 jóvenes, menores de 35 años. Ver más.

04/11/2021

Derecho de Tanteo y Retracto. Adquisición Preferente en el Arrendamiento de la Vivienda

Hemos oído muchas veces la posibilidad de ejercer el derecho de tanto o retracto en la compraventa de una vivienda, y la necesidad de tener en cuenta dichos derechos a la hora de firmar un contrato de arrendamiento. Pero, ¿sabemos en qué consisten realmente dichos derechos? ¿En qué se diferencian los derechos de tanteo y retracto? Ver más.

04/11/2021

Cuidado con las estafas online de alquiler de vivienda

Alertan de una campaña de estafas en contratos de alquiler falsos.En las denuncias recibidas se relata que los estafadores reclaman el abono de la fianza de alquiler sin llegar a existir el inmueble.La Guardia Civil de Navarra investiga una modalidad de estafa inmobiliaria nueva. Ver más.

02/11/2021

Avalistas en el contrato de alquiler, su responsabilidad

A la hora de alquilar una vivienda, se han de cumplir una serie de requisitos;En primer lugar demostrar cierta solvencia para hacer frente al pago periódico de la renta al propietario y los gastos de honorarios a la agencia. Respecto a la solvencia se han de analizar su estabilidad laboral e ingresos, para lo cual es común solicitar el contrato de trabajo y las últimas nóminas. Ver más.

01/11/2021

Compra de una Vivienda Arrendada

Una de las cosas que el comprador deberá comprobar antes de comprar una vivienda, es que la vivienda no está arrendada.Si la vivienda estuviera arrendada, el comprador debe tener en cuenta que, a pesar del cambio de titularidad, el arrendamiento continuará durante el plazo pactado en el contrato de arrendamiento y el de las prórrogas que establezca la legislación aplicable, teniendo en cuenta que si se trata de arrendamientos estipulados después de la entrada en vigor de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1.994 el plazo de duración mínimo es de cinco años. Ver más.